Incoterms 2020: todo lo que debes saber

Incoterms 2020: En estos momentos en los que el transporte internacional vive una situación atípica. Ésta requiere de una gestión especial por parte de todos los implicadas en el proceso. Por eso, desde XGL hacemos una recapitulación de los INCOTERMS 2020: los acuerdos que rigen las importaciones y exportaciones a nivel global.

En enero de 2021, la Cámara de Comercio Internacional actualizó estas reglas para afinar las responsabilidades, costes y riesgos que se pueden derivar de cada transacción comercial internacional. Así quedan los INCOTERMS 2020 tras las modificaciones:

Incoterms 2020

 

¿Qué son los Incoterms?

Los Incoterms (International Commercial Terms) se pueden considerar un conjunto de reglas internacionales de carácter facultativo que la Cámara de Comercio Internacional ha recopilado y definido sobre la base de las prácticas más o menos estandarizadas por los comerciantes.

Los incoterms definen básicamente el punto hasta el cual el vendedor es responsable de la mercancía y cuáles son los gastos a su cargo y que, por lo tanto, estarán incluidos en el precio.

Funciones de los Incoterms:

  • El reparto de los gastos.
  • La transmisión del riesgo.
  • El lugar donde se entregará la mercancía.

Clasificación de los costes de Incoterms 2020

La Cámara de Comercio Internacional clasifica los Incoterms en función del modo de transporte utilizado: marítimoterrestre o aéreo. Así, en el primer grupo se incluyen 7 incoterms ( EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU, DDP) que pueden utilizarse con independencia del modo de transporte y de si emplean uno o más modos de transporte. En el segundo grupo se agrupan 4 incoterms (FAS, FOB, CFR y CIF) a utilizar cuando la mercancía se transporta entre dos puertos.

Costes Incoterms 2020 con independencia del modo de transporte:

  • EXW (En fábrica, Ex Works). El vendedor cumple con su obligación de entrega na vez ha situado la mercancía en sus propios locales (fábrica, almacén, etc.) a disposición del comprador.
  • FCA (Franco porteador, Free Carrier). El vendedor cumple con su obligación de entrega. Una vez ha entregado la mercancía, tras haber efectuado el despacho de exportación, al transportista designado por el comprador en el lugar convenido.
  • CPT (Transporte pagado hasta, Carriage Paid To). El vendedor satisface el flete para el transporte de la mercancía hasta el destino acordado.
  • CIP (Transporte y seguro pagados hasta, Carriage And Insurance Paid To). El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo el término CPT. Además debe obtener el seguro de transporte contra el riesgo en que incurre el comprador de pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
  • DAP (Entregada en lugar, Delivered At Place). El vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía una vez esta ha sido puesta a disposición del comprador en el lugar convenio en destino.
  • DDPU (Entregada en lugar descargada, Delivered At Place Unloaded). El vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando esta ha sido puesta a disposición del comprador en el lugar de destino convenido, descargada y sin despachar para importación.
  • DDP (Entregada derechos pagados, Delivered Duty Paid). El vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía una vez ha sido puesta a disposición del comprador en el lugar convenido en destino.

Costes Incoterms 2020 de transporte marítimo:

  • FAS (Franco al costado del buque, Free Alongside Ship). El vendedor cumple con su obligación de entrega una vez ha situado la mercancía al costado del buque en el muelle o las barcazas en el punto designado de embarque.
  • FOB (Franco a bordo, Free On Borad). El vendedor cumple con su obligación de entrega una vez la mercancía ha sido puesta a bordo en el puerto designado de embarque.
  • CFR (Coste y flete, Cost And Freight). El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para situar la mercancía en el puerto de destino, pero es el comprador quien corre con el riesgo de pérdida o daños para la mercancía, junto con cualquier costo adicional debido a acontecimientos que puedan ocurrir con posterioridad a la situación de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque.
  • CIF (Costo, seguro y flete, Cost, Insurance and Freight). El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo el término CFR. Además, debe obtener el seguro de transporte marítimo contra el riesgo en que incurre el comprador de pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.

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Fuente: ICC Spain & World Ocean Cargo Ibérica